Qué es una comunidad de bienes

Qué es una comunidad de bienes

Una comunidad de bienes es una forma jurídica para crear una empresa y que se basa en la asociación entre dos o más autónomos.

De forma más desarrollada, la comunidad de bienes se conforma cuando la propiedad de un derecho o de un bien pertenece a varias personas dentro de una actividad empresaria que realizan en conjunto, según Infoautónomos.

En otras palabras, una comunidad de bienes es un acuerdo privado entre más de dos autónomos para emprender un proyecto empresarial. Es el método legal más sencillo para asociarse.

Los autónomos que conforman una comunidad de bienes pasan a denominarse comuneros, pero mantienen la condición de autónomos. Como consecuencia, la comunidad de bienes no tiene personalidad jurídica.

Características de la comunidad de bienes

Las principales características que definen una comunidad de bienes son la responsabilidad ilimitada y tener dos socios —también llamados comuneros— como mínimo, según explica Plataforma Pymes.

Además, para crear una comunidad de bienes no se exige un capital mínimo, a diferencia de otras formas jurídicas como la sociedad limitada. Estas son las ventajas e inconvenientes de las comunidades de bienes como fórmula para crear una empresa.

Las características que debe cumplir una comunidad de bienes son las siguientes:

  • No tiene personalidad jurídica propia, sino que se rige por el Código Civil en el ámbito de obligaciones y derechos y por el Código de Comercio en el ámbito mercantil.
  • Es necesario un contrato privado que detalle la naturaleza de cada aportación junto al porcentaje de participación de cada comunero tanto en las ganancias como en las pérdidas de la comunidad de bienes.
  • No se exige la aportación de un capital mínimo y sirve aportar solo bienes, pero no solo trabajo o dinero.
  • Se requiere de una escritura pública para conformar una comunidad de bienes si se aportan derechos reales o bienes inmuebles.
  • Sometida al régimen especial de atribución de rentas, sin importar si tienen o no personalidad jurídica.

Un aspecto importante de una comunidad de bienes es que no tributa por rentas obtenidas, ya que estas quedan atribuidas a los comuneros de forma individual.

En realidad, los comuneros pagan el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), impuesto sobre sociedades o impuesto sobre la renta de no residentes.

Tipos de comunidad de bienes

Hay dos tipos de comunidad de bienes en función de su origen: voluntaria e incidental, según Infoautónomos.

  • Comunidad de bienes voluntaria: se constituye por voluntad de las partes interesadas.
  • Comunidad de bienes incidental: se crea de forma impuesta al compartir un proindiviso, es decir, una propiedad sin dividir. Por ejemplo, a partir de una herencia.

En cuanto a su funcionamiento, también se puede clasificar una comunidad de bienes en diferentes tipos:

  • Comunidad de bienes romana o por cuotas: cuando cada comunero es poseedor de una cuota de la que puede disponer a su voluntad. Por ejemplo, al venderla o al solicitar la división del bien en común.
  • Comunidad de bienes germánica o en mano común: cuando hay un aprovechamiento conjunto del buen y los comuneros no tienen la posibilidad de pedir su división ni de transmitir la cuota.

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