Aunque todavía no está en vigor, los expertos ya hablan de una nueva ley que entrará en vigor, junto con la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas, que afectará a todos los autónomos y empresas, independientemente del tamaño o sector al que se dediquen.
Esta ley impondrá a todos los autónomos y empresas la obligación de tener un registro horario digital. Es decir, que deberán controlar las horas y, además, hacerlo accesible para la Inspección de Trabajo, así como para cualquier trabajador que quiera informarse de sus horas de trabajo.
Una ley que está ahora en consulta pública
Hasta el próximo 7 de diciembre está en consulta pública la ley que establece y regula la reducción de la jornada laboral de 40 a 37,5 horas. Sin embargo, según la publicación de Autónomos y emprendedor, esta viene acompañada de dos bloques más:
- Por un lado, una desconexión digital de los trabajadores.
- Por el otro, de un registro horario digital e interconectado a la Inspección.
El objetivo del Gobierno es aprobar toda la ley en su conjunto, incluyendo los dos bloques anteriormente citados. Y eso implicaría que entraría en vigor el próximo 1 de enero de 2025.
No obstante, el hecho de que se apruebe la ley conllevará que haya que reformar el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores estableciendo las nuevas obligaciones.
Por ejemplo, el hecho de que haya un registro diario de la jornada por medios digitales, garantizar la objetividad, fiabilidad y accesibilidad del registro de jornada, o el acceso remoto por parte de la Inspección e incluso por los trabajadores.
Un coste extra más para los autónomos
A falta de regular cómo va a ser ese control horario, no hay duda de que supone un sobrecoste para los autónomos y a las empresas, que tendrán que implementar las obligaciones legales sin ningún tipo de ayuda.
En principio, la reducción de la jornada laboral sí que tendría una fecha de inicio, que sería el 1 de enero de 2025. Pero en cuanto al registro horario digital y accesible para la Inspección, no se dice nada en ese documento, por lo que podría tener un periodo transitorio para cambiar los sistemas de control y adaptarlos.
Además, todos los registros deberán guardarse al menos cuatro años. Y en caso de que no se respete la legalidad en el registro, podrías acabar con una multa de hasta 10.000 euros.